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Las actividades forestales ilegales y los europeos

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Poco antes de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible que se realizó el año pasado en Johannesburgo, la Comisión Europea se comprometió a preparar un plan de acción europeo sobre las actividades forestales ilegales, la gobernabilidad, y el comercio (FLEGT), que recién salió el mes pasado. En el momento que la Comisión se comprometió, había mucha discusión en la prensa sobre las actividades forestales ilegales en la Amazonía, África Central, Siberia, y el Sur-este Asiático, y la Comisión quería encontrar la forma de evitar que los productos forestales de procedencia ilegal entraran a los mercados europeos.

Pero encontrar medidas prácticas para bloquear la importación de productos forestales ilegales ha resultado mucho más difícil de lo que la Comisión se imaginó. Muchas leyes son tan ambiguas o contradictorias que es difícil saber que cosa realmente es legal. Además, aún si se define que cosa es legal, para un agente de aduanas siempre va a ser difícil saber si alguna carga específica de madera se ha producido de forma ilegal. ¿Y si él o ella concluye que la madera se ha producido ilegalmente, qué se supone que debe hacer al respecto? Por lo general, la importación de madera cosechada de forma ilegal no es en sí mismo ilegal y nadie sabe a ciencia cierta si la Organización Mundial del Comercio permitirá que los países bloqueen la entrada de productos de otros países solo porque estos fueron producidos de forma ilegal.

Afortunadamente, Duncan Brack del Instituto Real de Asuntos Internacionales y Chantal Marijnissen y Saskia Ozinga de FERN, un consorcio de ONGs europeas, hicieron una revisión minuciosa del tema, que aportó mucho al nuevo plan de acción europeo. En su documento "Controlando las importaciones de madera ilegal, Opciones para Europa", examinan de forma sistemática las ventajas y desventajas de cada instrumento de políticas que la Unión Europea y sus estados miembros podrían aplicar y las implicaciones prácticas y operativas de las mismas.

El informe hace cinco recomendaciones principales:

1) la Unión Europea debe adoptar una legislación que prohíba la entrada de madera de fuentes ilegales y lograr acuerdos voluntarios con los países productores para verificar que los productos forestales negociados provienen de fuentes legales.

2) A los países productores se les debe dar ayuda para mejorar sus leyes, reformar sus agencias forestales, y establecer sistemas de verificación.

3) Los gobiernos europeos solo deben comprar productos forestales de fuentes legales y sostenibles.

4) Se deben utilizar las leyes sobre lavado de dinero y mercancías robadas como una herramienta para controlar las actividades forestales ilegales.

5) Las Agencias de Crédito para Exportaciones no deben garantizar préstamos o inversiones a compañías implicadas en actividades forestales ilegales y los reguladores financieros deben exigir a las empresas forestales que demuestren cuales van a ser sus fuentes de materias primas, de la misma manera que se hace para las empresas de petróleo y de explotación minera.

Los autores reconocen que aún quedan muchos aspectos que se tienen que trabajar más. También reconocen que para que las soluciones que proponen puedan lograr un impacto amplio y duradero, los países exportadores también tendrán que reformar su propio sistema de concesiones forestales, sus sistemas regulatorios, y los incentivos económicos. Pero por lo menos este documento les da a los países importadores una base de donde partir. Y con eso pueden comenzar.

Chasque aquí para solicitar una copia electrónica gratis del documento de Brack, Marijnissen y Ozinga en el formato de pdf o de word usted puede escribir a info@fern.org (Por el momento el documento esta disponible solo en inglés, pero pronto estará disponible también en español, francés, y alemán en la misma dirección electrónica.)

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Lecturas adicionales

Para enviar sus comentarios o preguntas a los autores usted puede escribir a Chantal Marijnissen en mailto:chantal@fern.org
El nuevo plan de acción de la Comisión Europea está disponible en la página web: http://europa.eu.int/eur-lex/en/com/cnc/2003/com2003_0251en01.pdf